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A efectos de este sitio web, profesionales son aquellos inversores que tienen calidad tanto de clientes profesionales como de inversores cualificados.
En resumen, para ostentar la calidad de cliente profesional en virtud de la Directiva de mercados de instrumentos financieros e inversor cualificado con arreglo a la Directiva de folletos, una persona deberá por lo general cumplir uno o más de los siguientes requisitos:
(1) Ser una entidad que deba estar autorizada o regulada para operar en mercados financieros. La siguiente lista incluye todas las entidades autorizadas que llevan a cabo actividades propias de dichas entidades, ya sean autorizadas por un Estado miembro del EEE o un país tercero y estén o no autorizadas de acuerdo con una directiva:
(a) entidades de crédito;
(b) empresas de inversión;
(c) cualquier otra entidad financiera autorizada o regulada;
(d) entidades aseguradoras;
(e) organismos de inversión colectiva o sociedades gestoras de dichos organismos;
(f) fondos de pensiones o sociedades gestoras de dichos fondos;
(g) corredores de materias primas o de derivados de materias primas;
(h) agentes de bolsa;
(i) cualquier otro inversor institucional;
(2) grandes organismos que cumplan dos de los siguientes criterios: (i) un balance total de 43 000 000 EUR; (ii) una cifra de negocios neta anual de 50 000 000 EUR; (iii) un número medio de 250 empleados a lo largo del año;
(3) un gobierno nacional o regional, un organismo público gestor de deuda pública, un banco central, una institucional internacional o supranacional (tal como el Banco Mundial, el FMI, el BCE o el BEI) u otro organismo internacional similar.
(4) personas físicas residentes en un Estado del EEE que permita otorgar a personas físicas la calidad de inversores cualificados, que soliciten expresamente la condición de cliente profesional e inversor cualificado y que cumplan al menos dos de los siguientes criterios: (i) haber operado en los mercados de valores con al menos una frecuencia media de 10 operaciones trimestrales en los últimos cuatro trimestres antes de la solicitud; (ii) que el tamaño de su cartera de valores, incluidos depósitos de efectivo e instrumentos financieros, supere 500 000 EUR; (iii) que trabaje o haya trabajado al menos un año en el sector financiero en un cargo profesional que requiera conocimiento de la inversión en valores.
Tenga en cuenta que el resumen que antecede se ofrece únicamente con carácter informativo. Si no está seguro de si puede optar a la condición de cliente profesional en virtud de la Directiva de mercados de instrumentos financieros y a la de inversor cualificado con arreglo a la Directiva de folletos, consulte con un asesor independiente.
Inversor particular
Un inversor particular, también conocido como cliente minorista o cliente privado, es una entidad cliente o una persona física que no cumple (i) uno o más de los criterios de cliente profesional referidos en el Anexo II de la Directiva de mercados de instrumentos financieros (Directiva 2004/39/CE) o (ii) uno o más de los criterios de inversor cualificado establecidos en el artículo 2 de la Directiva de folletos (Directiva 2003/71/CE).
En resumen, para ostentar la calidad de cliente profesional en virtud de la Directiva de mercados de instrumentos financieros e inversor cualificado con arreglo a la Directiva de folletos, una persona deberá por lo general cumplir uno o más de los siguientes requisitos:
(1) Ser una entidad que deba estar autorizada o regulada para operar en mercados financieros. La siguiente lista incluye todas las entidades autorizadas que llevan a cabo actividades propias de dichas entidades, ya sean autorizadas por un Estado miembro del EEE o un país tercero y estén o no autorizadas de acuerdo con una directiva:
(a) entidades de crédito;
(b) empresas de inversión;
(c) cualquier otra entidad financiera autorizada o regulada;
(d) entidades aseguradoras;
(e) organismos de inversión colectiva o sociedades gestoras de dichos organismos;
(f) fondos de pensiones o sociedades gestoras de dichos fondos;
(g) corredores de materias primas o de derivados de materias primas;
(h) agentes de bolsa;
(i) cualquier otro inversor institucional;
(2) grandes organismos que cumplan dos de los siguientes criterios: (i) un balance total de 20 000 000 EUR; (ii) una cifra de negocios neta anual de 40 000 000 EUR; (iii) unos fondos propios de 2 000 000 EUR;
(3) un gobierno nacional o regional, un organismo público gestor de deuda pública, un banco central, una institucional internacional o supranacional (tal como el Banco Mundial, el FMI, el BCE o el BEI) u otro organismo internacional similar.
(4) personas físicas residentes en un Estado del EEE que permita otorgar a personas físicas la calidad de inversores cualificados, que soliciten expresamente la condición de cliente profesional e inversor cualificado y que cumplan al menos dos de los siguientes criterios: (i) haber operado en los mercados de valores con al menos una frecuencia media de 10 operaciones trimestrales en los últimos cuatro trimestres antes de la solicitud; (ii) que el tamaño de su cartera de valores, incluidos depósitos de efectivo e instrumentos financieros, supere 500 000 EUR; (iii) que trabaje o haya trabajado al menos un año en el sector financiero en un cargo profesional que requiera conocimiento de la inversión en valores.
Tenga en cuenta que el resumen que antecede se ofrece únicamente con carácter informativo. Si no está seguro de si puede optar a la condición de cliente profesional en virtud de la Directiva de mercados de instrumentos financieros y a la de inversor cualificado con arreglo a la Directiva de folletos, consulte con un asesor independiente.
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Capital en riesgo. El valor de las inversiones y sus rendimientos pueden tanto bajar como subir y no están garantizados. Es posible que los inversores no recuperen el importe invertido inicialmente.
A partir de nuestro estudio de 20221, en el que se analizaba la próxima oleada de inversores en ETF en Europa, hemos vuelto a colaborar con YouGov para comprender mejor las tendencias que configuran el presente y el futuro de la inversión en toda la región. Este año, hemos hablado con 36.730 personas en 14 mercados europeos (3.502 en España) y hemos comparado estos datos con nuestro estudio anterior para identificar las tendencias que determinan la inversión en Europa. En España, observamos tendencias destacadas.2
En la actualidad, hay 113 millones de inversores en toda Europa, 11 millones de ellos en España.3
Entre los no inversores, la falta de dinero es la principal barrera para invertir en España, citada por el 62% de los no inversores, por debajo de la media europea del 65%.
Las mujeres que no invierten en España son más propensas a considerar la falta de dinero como un obstáculo que sus homólogos masculinos: un 74% frente a un 68%, respectivamente.
Casi dos tercios de los no inversores en España (62%) de 18 a 34 años citan la falta de conocimiento y comprensión4 de la inversión como razones por las que no invierten, frente al 33% entre los mayores de 35 años.
Las acciones y participaciones siguen siendo el producto de inversión más extendido en España, pero los ETF son el tipo de inversión que más crece en España.
La participación de los inversores españoles en ETF se ha disparado un 53% desde 20222, por delante del aumento europeo del 19%, aunque partiendo de una base más baja.
En España, 1,5 millones de inversores poseen ETF, un 53% más que en 2022.2
En esta sección, cualquier declaración o estimación de futuro puede no cumplirse.
Los inversores en España confían en las perspectivas de inversión para el próximo año.
Descubra cómo nuestros expertos pueden ayudarle a alcanzar sus objetivos financieros.
1 Los datos de 2022 se refieren a la anterior encuesta «Next wave of ETF investors» realizada por YouGov entre el 12 de agosto de 2022 y el 8 de febrero de 2023. El contenido y las hipótesis de este informe se basan en datos derivados directamente de estas encuestas.
2 El contenido y las hipótesis de esta página web se basan en datos derivados directamente de nuestras encuestas de 2022 y/o 2024.
3 Definición de inversor en este informe: Un encuestado que actualmente tiene cualquiera de los siguientes productos de inversión: acciones y participaciones, fondos de inversión/mutuos (por ejemplo, fondo de estrategia única o fondo multiactivo, etc.), bonos (por ejemplo, bonos del Estado o corporativos), fondos cotizados (ETF), cartera de inversión gestionada por una plataforma de inversión digital/robo asesor, crowd funding/venture capital o criptodivisas.
4 Falta de conocimiento/comprensión = Cualquiera de las siguientes respuestas: No tengo suficientes conocimientos sobre en qué invertir, no sé cómo invertir, no sé por dónde empezar, no sé cuáles son los beneficios.
5 Plataforma digital = el encuestado accede a los ETF a través de cualquiera de los siguientes medios: ETF a través de una plataforma/corredor de inversión en línea, la plataforma de inversión en línea de su banco o un robo adviser.
6 Predicción de nuevos inversores en ETF = titulares no actuales de ETF que seleccionan muy probable que empiecen a invertir/inviertan más en ETF en los próximos 12 meses.
7 Inversores primerizos previstos = no inversores actuales que seleccionan muy probable empezar a invertir en cualquier producto de inversión en los próximos 12 meses.